El Poder Judicial de Nicaragua comunicó de audiencias judiciales informativas para reos culpables de actos que incitan a la injerencia extranjera en los asuntos internos del país.

La justicia de Nicaragua ha comunicado sobre audiencias informativas, realizadas a distintos reos que han sido procesados principalmente por actos que han violentado la Ley No. 1055, Ley de Defensa del Pueblo a la Soberanía y Autodeterminación para la Paz, entre otras leyes del país centroamericano.

Las audiencias informativas, detallaron que en los procesos llegados a apelación se establecieron la resoluciones correspondientes, notificadas en los términos que la Ley establece; dando trámite a las mismas, solicitadas por los abogados defensores que expresaron agravio.

Asimismo, la autoridad judicial, expresó que “estando en trámite la contestación de agravio, se encuentran en el análisis de determinar en el escrito de interposición de casación, si este cumple con los requisitos legales, para efecto que la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia resuelva lo que en derecho corresponda”.

Nicaragua cuenta con distintas leyes que promueven el respeto hacia su soberanía y autodeterminación

Los reos presentados en audiencia judicial, quienes evidenciaban condiciones físicas saludables fueron Miguel Mora Barberena, Juan Sebastián Chamorro, Pedro Salvador Vásquez Cortedano, Marco Antonio Fletes Casco, Walter Antonio Gómez Silva, José Antonio Peraza, Max Jerez Meza, Lesther Alemán Alfaro, Medardo Mairena y Michael Healy. 

La mayoría de estos reos nicaragüenses, fueron beneficiados por la amplia amnistía otorgada a quienes participaron en el violento intento golpe de Estado en abril de 2018, que implicó secuestros, violaciones psicológicas, físicas y sexuales, así como asesinatos y quemas de ciudadanos en las vías públicas.

Sin embargo, tras investigaciones de la Fiscalía de la República de Nicaragua, se evidenciaron acciones delictivas de los procesados, lo que conllevó a su detención y posterior enjuiciamiento.

Ley de Defensa de la Soberanía y autodeterminación en Nicaragua

La Ley No. 1055 de Nicaragua contempla que  serán traidores a la patria y estarán sujetos a las acciones contempladas en el Código Penal “los nicaragüenses que encabecen o financien un golpe de Estado, que alteren el orden constitucional, que fomenten o insten a actos terroristas”.

Asimismo, quienes realicen “actos que menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación, que inciten a la injerencia extranjera en los asuntos internos, pidan intervenciones militares, se organicen con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización”.

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Además, está Ley refiere proceso penales a quienes “gestionen bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones, aquellos que demanden, exalten y aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos, y todos los que lesionen los intereses supremos de la nación contemplados en el ordenamiento jurídico”.

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El Gobierno de Nicaragua ha encaminado sus leyes a fortalecer las garantías de paz y estabilidad de los nicaragüenses, que por años la ha hecho destacar como uno de los países con mayor seguridad ciudadana de la región.

Además, de esta manera, las autoridades gubernamentales, apuntan a la promoción de una economía sostenible y estable, que venía desarrollando Nicaragua con un éxito reconocido internacionalmente, desde antes del 2018.