Los sentenciados por el delito de Traición a la Patria, están sujetos a la pérdida de la nacionalidad, según la Reforma de la Constitución de Nicaragua.
Los sentenciados por el delito de Traición a la Patria, están sujetos a la pérdida de la nacionalidad, según la Reforma de la Constitución de Nicaragua.

El Poder Legislativo de Nicaragua ha aprobado la Reforma a la Constitución Política de la República del país centroamericano, en la que se establece que las personas sentenciadas a Traición a la Patria pierden su nacionalidad, basado en las leyes y en la Carta Magna.  

En este sentido, la Asamblea Nacional emitió la reforma, donde se específica en el artículo 21 que “la adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad serán reguladas por la leyes. Los Traidores a la Patria pierden la calidad de nicaragüenses”.

Asimismo, el poder nicaragüense, mandató la publicación de  “esta primera aprobación, en primera legislatura, en La Gaceta, Diario Oficial: Una vez sea aprobada en segunda legislatura…”, además, específico que la reforma “entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación”. 

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En ese contexto, los diputados nicaragüenses, también aprobaron la Ley No. 1145, Ley Especial que Regula la Pérdida de Nacionalidad Nicaragüense, para la debida regulación de la reforma al artículo 21 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

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Este marco legal, emitido y publicado por el Legislativo, detalla en su artículo 2 que “las personas sentenciadas al tenor de lo dispuesto en la Ley No. 1055, Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, Soberanía y Autodeterminación para la Paz, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 237 del 22 de diciembre de 2020, perderán la nacionalidad nicaragüense”.